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subsidio al desempleo

PARA APLICAR AL SUBSIDIO AL DESEMPLEO DEBE DE HABER ESTADO AFILIADO A LA CAJA DE COMPENSACION MINIMO UN AÑO DE MANERA CONTINUA O DISCONTINUA DURANTE LOS ULTIMOS 3 AÑOS

Subsidio de Desempleo

Es un beneficio que se otorga a los trabajadores cesantes (actualmente sin vinculación laboral) que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 1636 de 2013 y con la reforma de esta, Ley 2225 de 2022, que estableció nuevos apoyos para los cesantes.

Durante el período cesante, los postulantes podrán acceder a los servicios de capacitación laboral, pago a salud y pensión por 6 meses y una transferencia económica por un valor de uno punto cinco (1.5) SMMLV por 4 meses e incentivo adicional por ahorro voluntario de cesantías.

- Cotización a la seguridad Social (salud y pensión) sobre (1) SMLMV por un periodo máximo de seis (6) meses.
- Pago de transferencia económica calculado sobre uno punto cinco (1.5) SMMLV divididos en cuatro (4) mensualidades decrecientes, de la siguiente manera. Esto aplica para las categorías A y B.

40% de 1.5 SMLV equivalente a $696.000 
30% de 1.5 SMLV equivalente a $522.000 
20% de 1.5 SMLV equivalente a $348.000 
10% de 1.5 SMLV equivalente a $174.000

- Capacitación General, en competencias básicas y en competencias laborales específica para su reinserción al mercado laboral.
- Incentivo por ahorro de cesantías (Aplica si fue ahorrador voluntario al MPC).

REQUISITOS:
 Haber realizado aportes continuos o discontinuos a una Caja de Compensación Familiar, durante los últimos tres (3) años así:
–Trabajadores dependientes: mínimo un (1) año.
– Trabajadores independientes: mínimo dos (2) años.
 Estar en condición de Cesante.
 No haber recibido ningún beneficio del Mecanismo de Protección al Cesante en los últimos tres (3) años.    
 Registrar la hoja de vida en el Servicio Público De Empleo al 100% (https://personas.serviciodeempleo.gov.co/)

1. Certificado de cesación laboral expedida por tu último empleador que indique fecha de ingreso, fecha de retiro, último salario devengado y motivo de retiro.
2. Copia de cédula de ciudadanía  ampliada al 150% y legible.
3. Descargue la CARTA DE CORRESPONSABILIDAD [Descargar Aquí], imprima, diligencie y escanee para cargar como soporte.

4. Presentar la carta Juramentada [Descargar Aquí]

5. Certificado de registro de hoja de vida en el Servicio Público de Empleo.
El link para las postulaciones, se encuentra habilitado de lunes a viernes en el horario de 9:00AM a 4:00PM.

POSTULATE AQUÍ

https://zenith.asopagos.com/ASOPAGOS/jsp/zenithFront/index.html#/preRadicacionEnLinea?param=cGFyYW1ldHJvX2VzcGVyYWRvPTI0

Perdida del derecho a los beneficios

El cesante perderá el derecho a los beneficios si:

  • No acude a los servicios de colocación ofrecidos por el Servicio Público de Empleo.
  • Incumple, sin causa justificada, con los trámites exigidos por el Servicio Público de Empleo y los requisitos para participar en el proceso de selección de los empleadores a los que sea remitido por este.
  • Rechaza, sin causa justificada, la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella le permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada en el empleo anterior, y no se deterioren las condiciones del empleo anterior.
  • Descarta o no culmina el proceso de formación para adecuar sus competencias básicas y laborales específicas, al cual se haya inscrito.

Recuerde: En caso de ser concedido el subsidio a través de engaño y/o falsedad en los documentos presentados en la postulación al subsidio de desempleo, serán sancionados de acuerdo con la legislación penal vigente.
 En caso de cambiar las condiciones laborales, es decir, si consigue trabajo (aunque sean 2 días), debe informar por escrito inmediatamente.

Contactos

Lunes a viernes de 8:00a.m. a 11:00a.m. y de 2:00p.m. a 4:30p.m.

Sede Agencia de Gestión y Colocación de Empleo Calle 12 # 12 – 53

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